Explicación anticipo de impuesto a la renta 2020

3 de agosto de 2020.

Los últimos meses han presentado múltiples cambios en el ámbito tributario, de modo que es importante tener en claro los decretos actuales para ser efectivos.

En esta noticia explicamos el Anticipo de impuesto a la renta 2020 de forma sencilla, expedido el 27 de julio de este año mediante el decreto ejecutivo 1109, la disposición establece la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020 para las personas naturales y sociedades.

¿Quiénes aplican?  

Personas naturales y sociedades que:

·         Obtengan Ingresos gravados, excepto relación de dependencia.

·         Ingresos del periodo 2019 mayores a $5.000.000.00.

·         Hayan obtenido utilidad de enero a junio del 2020, exceptuando los ingresos y gastos en relación de dependencia.

Teniendo claro lo anteriormente mencionado, no aplican:

·         Las micro, pequeñas o medianas empresas.

·         Ingresos del periodo 2020 sean exentos.

·         Actividad del sector acuícola.

·         Si tienen domicilio en Galápagos, líneas aéreas, sectores de turismo, sector agrícola y exportadores habituales de bienes.

¿Cuáles son las fechas de pago?

Hasta el 14 de agosto del 2020, o 3 cuotas pagaderas en agosto, septiembre y octubre del 2020.

Esperamos la explicación presentada haya sido de utilidad para ustedes, en Gigasystem analizamos diariamente nueva información del ámbito contable en el Ecuador, y nuestro equipo se encarga de que toda tarea contable se realice de forma sencilla en los sistemas que ofrecemos.

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